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el 22 de diciembre de 2009
La gente que tomó la ventaja de comprar en línea en 2009 querrá comprobar sus recibos para determinar si los impuestos a las ventas de Indiana fueron recaudados como una parte de las compras. Si no, estos individuos necesitarán sumar la cantidad de las compras y anotarla en la 2009 declaración de impuestos por el 15 de abril del 2010.
“Hace muchos años que la ley de Indiana ha requerido que la gente paga los impuestos a las ventas de Indiana sobre las compras no cargadas de los impuestos de ventas como parte de la compra total,” dijo Comisionado John Eckart. “Demasiado a menudo oímos que esta responsabilidad es publicado como ‘voluntario.’ Pero esta responsabilidad no es voluntaria como no es voluntaria para parar el coche a un semáforo roja aunque no está cercana la policía.
El año pasado, más de 26,000 contribuyentes en Indiana informaron del impuesto de uso, sumando a más de $1.6 millones. Cada año, más de 3.1 millones de contribuyentes presentan las declaraciones de impuestos estatales personales en Indiana.
La ley de Indiana sobre los impuestos a las ventas tiene la intención de asegurar “que los negocios en Indiana que realizan actividades, y proporcionan los trabajos, de requerirlos recaudar y pagar los impuestos del estado y condado,” dijo Eckart, y ellos no están puesto en una desventaja contra los negocios fuera del estado que no son requeridos para recaudar los impuestos a las ventas.
Una ley federal prohíbe estados, como Indiana, de requerir los negocios en línea, fuera de Indiana, de recaudar los impuestos a las ventas de residentes de Indiana. Sin embargo, el Congreso Federal de los Estados Unidos está considerando una ley nueva que requerirá los negocios, que están fuera de otro estado, que venden en línea para recaudar los impuestos a las ventas para los otros estados de sus compradores.
Si tiene preguntas sobre los impuestos a las ventas y de uso, póngase en contacto con el Departamento en (317) 233-4015. Si le gustaría hablar con un representante bilingüe, llame (317) 232-2240 (presione 2 para español) de las 8:00 a.m. hasta a las 4:30 p.m., de lunes a viernes, o presente preguntas vía correo electrónico a jevans@dor.in.gov
También, usted puede visitar el sitio Web español del Departamento para información adicional en www.impuestos.in.gov/
Para la versión inglesa, haga clic aquí.
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